Abstract:
El ObCoACa define como acoso sexual aquellas “acciones de connotación sexual ejercidas por una persona desconocida, en espacios públicos o de acceso público, generando una molestia para la víctima”. Y tipifica los acosos sexuales dentro de este grupo de actos: miradas lascivas, piropos suaves y agresivos, silbidos, besos, bocinazos, jadeos, gestos obscenos, comentarios sexuales, fotografías o grabaciones no consentidas, tocaciones, persecución y arrinconamiento, masturbación y exhibicionismo.